Título: Tribunal Supremo de Justicia ratifica condena de 14 años a autores de violencia sexual en Caracas
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha desestimado un recurso de casación que buscaba revertir la condena de 14 años de prisión impuesta a Neyker Javier Guevara Aguilera y Yolbehiker Jesús Morillo Barreto, acusados de obligar a una mujer a mantener relaciones sexuales en un contexto de trío sin su consentimiento. Esta decisión fue emitida en la sentencia 036 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro, junto con sus colegas, Elsa Gómez y Maikel Moreno. La violencia sexual y la falta de consentimiento son temas críticos en el ámbito jurídico y social, y este caso resalta la necesidad de una justicia efectiva ante tales violaciones.
Los hechos ocurrieron el 6 de junio de 2021, durante una celebración de cumpleaños en la vivienda de Morillo, ubicada en Las Terrazas, Antimano, Caracas. En un momento, la madre de la víctima dejó la habitación donde se encontraba con Neyker y la víctima, lo que permitió que los acusados llevaran a cabo su plan. Al propuesta de Morillo de participar en un trío, la mujer se negó, lo que llevó a Neyker y a Morillo a someterla y forzarla a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad. Durante este acto, la mujer fue agredida físicamente, lo que dejó secuelas evidentes.
Una vez producido el hecho, la víctima denunció la agresión, lo que llevó a la detención inmediata de los dos hombres por parte de las autoridades policiales. El 23 de julio de 2021, la Fiscal 136° con competencia en Defensa para la Mujer, abogada Karen Escobar Cermeño, solicitó formalmente la apertura de un juicio. Este fue admitido por el Tribunal competente, dando paso a un proceso judicial que se extendió entre el 13 de septiembre de 2022 y el 18 de enero de 2023. El Tribunal Quinto de Juicio de Caracas determinó la culpabilidad de los acusados, imponiéndoles una pena original de 17 años y 4 meses de prisión por los delitos de Violencia Sexual Agravada y Violencia Física Agravada.
El fallo inicial fue apelado por los defensores de los acusados, quienes argumentaron que no se valoraron adecuadamente ciertas pruebas que podrían haberles favorecido. El 2 de agosto de 2024, la Corte de Apelaciones decidió acortar la condena a 14 años. Sin embargo, los abogados de Guevara y Morillo continuaron insistiendo en su inocencia, presentando un recurso de casación ante la Sala Penal del TSJ en busca de anular la sentencia. En este recurso, denunciaron la deficiencia en la valoración de las pruebas durante el juicio, lo que, según ellos, justificaba la intervención del TSJ.
Los magistrados de la Sala Penal respondieron a los argumentos presentados, enfatizando que no era posible que esta instancia actuara como un tribunal de apelaciones adicional. Aclararon que su función no consiste en revaluar los hechos y las pruebas ya presentadas en las instancias anteriores. Así, destacaron que las denuncias formuladas por los defensores eran "genéricas e imprecisas", lo que no cumplía con los requisitos para que el recurso de casación prosperara. Finalmente, la Sala Penal mantuvo la condena de 14 años, enfatizando la importancia de la correcta administración de justicia en casos de violencia sexual.
Este caso subraya la gravedad de la violencia de género y la necesidad de una respuesta judicial firme ante tales situaciones. La decisión del TSJ de desestimar el recurso refuerza el compromiso del sistema judicial venezolano de proteger a las víctimas de violencia sexual y de sancionar a quienes cometen estos delitos. A medida que este caso avanza, se espera que genere un efecto disuasorio y contribuya a crear conciencia sobre la violencia en todas sus formas, así como la relevancia de la justicia en la defensa de los derechos de las mujeres en Venezuela y en otras partes del mundo.