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Sucesos

TSJ rechazó declinar en juzgado de EEUU custodia de un niño venezolano

EditorPor Editoragosto 19, 2025No hay comentarios3 Minutos de lectura
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Tribunal Supremo de Justicia: Custodia de un Niño Venezolano

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha tomado una decisión clave en un caso de custodia que involucra a un niño venezolano de cinco años. En su sentencia número 00475, la Sala Político Administrativa del TSJ, bajo la dirección del magistrado Emilio Ramos González, negó la solicitud de la madre para transferir el caso a la Corte del Undécimo Circuito Judicial en Miami-Dade, Florida. El tribunal considera que tiene competencia para resolver este asunto basado en el interés superior del menor.

Contexto del Caso

La disputa por la custodia fue originada por una solicitud de Kevin Eduardo Blanco-Uribe, quien pedía un cambio en la custodia de su hijo, que actualmente está en manos de la madre desde el 4 de junio de 2024, por decisión de un tribunal en Caracas. El padre argumentó que su regreso a Venezuela se debía a la expiración de su visa de inversionista en EE. UU. y que el entorno del niño en Florida no era saludable. En su demanda, el padre expone que el niño presentaba signos de angustia emocional al ser entregado a la madre.

Procedimientos Judiciales

Luego de recibir la demanda, el niño fue entrevistado el 5 de marzo de 2024. A partir de su testimonio, el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación otorgó provisionalmente la custodia al padre mientras el juicio avanzaba. La madre se opuso a esta decisión, argumentando que el poder judicial venezolano no tenía jurisdicción sobre el caso, al considerar que el niño reside en Estados Unidos.

Decisión del Tribunal

El Tribunal Tercero de Protección de Niños rechazó los reclamos de la madre, argumentando que el padre tenía motivos válidos para solicitar la protección del niño. La decisión del tribunal se basa en las condiciones supuestamente destructivas que enfrenta el menor bajo el cuidado de su madre. La Sala Político Administrativa del TSJ reafirmó su jurisdicción en este caso al no existir un tratado regulador entre Venezuela y EE. UU. sobre relaciones familiares, lo que utiliza el Derecho Internacional Privado como referencia.

Interés Superior del Niño

Los magistrados enfatizaron en que el bien del niño es la prioridad en este tipo de decisiones judiciales. En su fallo, indicaron que los menores no deben ser tratados como objetos y que su bienestar en un proceso judicial es esencial. La corte destacó la importancia de considerar los efectos de una decisión judicial en la vida del niño, sugiriendo que cualquier cambio abrupto en su custodia puede tener repercusiones significativas.

Confirmación de Custodia

Finalmente, el TSJ desestimó el recurso de la madre en contra de la custodia provisional otorgada al padre, confirmando que el caso permanecerá en el ámbito del Poder Judicial venezolano. El tribunal se comprometió a seguir investigando las denuncias sobre el comportamiento de la madre y las condiciones del niño, asegurando así su protección durante el proceso legal.


La decisión del Tribunal Supremo de Justicia en este caso resalta no solo la importancia del interés superior del niño sino también la complejidad de los conflictos de custodia que cruzan fronteras nacionales. Este fallo subraya que la protección de los menores es una prioridad indiscutible, y que el sistema judicial venezolano continúa ejerciendo su autoridad en asuntos críticos que afectan el bienestar de los niños.

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